Hola amigos.
El problema hoy por hoy de la energía es que es muy caro almacenarla. De esto se aprovechan las electricas, ya que impidiendo que se inyecte a red el excecente de tu instalación, se aseguran que por el momento, no será rentable tu instalación almacenando la enrgía.
La esperada ley del balance neto se atrasa una y otra vez, en mi opinión no va a salir nunca, porque para nuestros políticos los intereses de las grandes empresas prevalecen sobre los intereses de los consumidores.
Siendo realistas tenemos dos opciones:
- Aislada: Almacenar energía en baterías. Muy caro, una instalación media podría costar 15.000 Euros
- Consumo directo: Solamente placas con inversores y consumir TODO lo que se produce.
Para asegurarnos que consumimos todo lo que se produce, tenemos pocas opciones, de alguna de ellas ya hemos hablado.
- Inmersun http://www.immersun.co.uk/
-ZeroBox http://revosolar.com/solar-shop/es/accesorios-/188-inhibidor-inyectar-en-la-red.html
Hoy vamos a analizar el producto Zero Box
Según las especificaciones, este aparato se encarga de enviar el excedente a una resistencia que le puedas enchufar tú. Por ejemplo, en invierno podemos engancharle un brasero o calentador y el se encargará de evitar la inyección a red.
El producto se coloca en la caja de tu casa, y simplemente hay que engancharle la abrazadera que mide el flujo eléctrico. En los bornes de salida, le enchufaremos el calentador o estufa.
Suena bien, ciertamente, aunque seguimos teniendo desventajas frente al balance neto:
1.- El consumo se deberá hacer durante las horas de sol. Con balance neto, el excedente lo podrías consumir por la noche
2.- En verano, colocarle una resistencia podría ser tirar la energía, habría que buscar una aplicación diferente
3.- ¿Es legal en España la instalación de estos dispositivos?
Esta última pregunta tenemos que analizarla detenidamente, ya que entre la gran maraña de leyes, tenemos un documento del IDAE que recopila todo:
http://normativa.infocentre.es/wps/wcm/connect/836c69004a451ff6af95bfc540301759/IDAE_Nota_Legislacion_Autoconsumo.pdf?MOD=AJPERES
En ella pone lo siguiente:
"Es decir, el RD 661/2007 ya reconoce la posibilidad de que una instalación generadora
El problema hoy por hoy de la energía es que es muy caro almacenarla. De esto se aprovechan las electricas, ya que impidiendo que se inyecte a red el excecente de tu instalación, se aseguran que por el momento, no será rentable tu instalación almacenando la enrgía.
La esperada ley del balance neto se atrasa una y otra vez, en mi opinión no va a salir nunca, porque para nuestros políticos los intereses de las grandes empresas prevalecen sobre los intereses de los consumidores.
Siendo realistas tenemos dos opciones:
- Aislada: Almacenar energía en baterías. Muy caro, una instalación media podría costar 15.000 Euros
- Consumo directo: Solamente placas con inversores y consumir TODO lo que se produce.
Para asegurarnos que consumimos todo lo que se produce, tenemos pocas opciones, de alguna de ellas ya hemos hablado.
- Inmersun http://www.immersun.co.uk/
Actualización [23/06/2013] Compré el immersun y descubro que inyecta a red. Ver detalles aqui.
-ZeroBox http://revosolar.com/solar-shop/es/accesorios-/188-inhibidor-inyectar-en-la-red.html
Hoy vamos a analizar el producto Zero Box
Según las especificaciones, este aparato se encarga de enviar el excedente a una resistencia que le puedas enchufar tú. Por ejemplo, en invierno podemos engancharle un brasero o calentador y el se encargará de evitar la inyección a red.
El producto se coloca en la caja de tu casa, y simplemente hay que engancharle la abrazadera que mide el flujo eléctrico. En los bornes de salida, le enchufaremos el calentador o estufa.
Suena bien, ciertamente, aunque seguimos teniendo desventajas frente al balance neto:
1.- El consumo se deberá hacer durante las horas de sol. Con balance neto, el excedente lo podrías consumir por la noche
2.- En verano, colocarle una resistencia podría ser tirar la energía, habría que buscar una aplicación diferente
3.- ¿Es legal en España la instalación de estos dispositivos?
Esta última pregunta tenemos que analizarla detenidamente, ya que entre la gran maraña de leyes, tenemos un documento del IDAE que recopila todo:
http://normativa.infocentre.es/wps/wcm/connect/836c69004a451ff6af95bfc540301759/IDAE_Nota_Legislacion_Autoconsumo.pdf?MOD=AJPERES
En ella pone lo siguiente:
"Es decir, el RD 661/2007 ya reconoce la posibilidad de que una instalación generadora
en régimen especial no llegara a verter energía neta a la red de distribución, como ocurre en el caso de una instalación cuya producción se destinase a autoconsumo total. En este caso, y en virtud de este artículo, también sería necesaria la firma del contrato técnico de acceso con la compañía distribuidora."
"Igualmente ocurriría en el caso de una instalación de autoconsumo parcial, puesto que
en ese caso parte de la producción sí se vuelca a la red y lógicamente las condiciones técnicas del vertido deberán ser acordadas"
En el apartado 5 se indica
5
PROCEDIMIENTO DE LEGALIZACIÓN DE INSTALACIONES PARA
AUTOCONSUMO
.....
2.
Solicitud del punto de conexión a la compañía distribuidora. Esta solicitud se realiza para acordar las condiciones técnicas de la conexión de la instalación de generación, especialmente en lo relativo a la seguridad de operación de la red. El RD 1699/2011 marca el procedimiento a seguir para las instalaciones de potencia no superior de 100 kW tanto en conexion es directas a la red de distribución como en conexiones a través de la red interior. Para las instalaciones de potencia superior a 100kW sería de aplicación el RD 1955/2000.
El acuerdo sobre el punto de conexión será necesario en todos los casos. El hecho
de que la conexión se proponga por parte del titular en un punto de su red interior no exime a la compañía distribuidora de acordar con el titular las condiciones de conexión y de firmar el contrato técnico de acceso.
En resumen,
1- Tenemos que hacer un contrato con la electrica y además tienen que validarnos la instalación
2.- Es legal instalar este tipo de dispositivos, pero con autorización previa de un instalador autorizado.
Parece que aunque el autoconsumo es legal, para pequeñas instalaciones sigue sin ser rentable, ya que el procedimiento a seguir será parado por la compañiá electrica. En mi caso, doy fé, ya que he llamado a los 902 que me han ido proponiendo los diferentes servicios de atención al cliente, y terminan pasandose la pelota y nadie "sabe nada".
Señores políticos, regulen por favor el sector y dejen de favorecer a sus amigos por una vez.